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miércoles, 21 de octubre de 2026

LA INDISCIPLINA ESCOLAR

Cuando solo hablamos de los derechos del estudiante y olvidamos que también tienen deberes que cumplir. 

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Por: Dr. Dennis Raúl Mucha Montoya 
Maestro de Matemática del CMSPP - COAR Lima 
Exdirector de la UGEL Jauja 
Exjefe del Área de Gestión Pedagógica de la UGEL Jauja
Por estos días se encuentra en el centro del debate público nacional si los estudiantes pueden o no ser suspendidos o expulsados de una institución educativa pública. La experiencia directa de haber vuelto a las aulas en este año escolar 2026, como docente de Matemática en un colegio estatal de la Región Junín —exactamente en el valle del Mantaro—, me ha permitido ver de cerca y vivenciar un grave problema de falta de identidad y desgobierno en nuestras instituciones educativas, en especial en las de zonas rurales. 

Ocurre en varias instituciones educativas rurales de la región y, con certeza, en la gran mayoría del país: no se canta el Himno Nacional ni con el 50 % del alumnado presente. Muchos estudiantes van ingresando con total parsimonia cuando las labores escolares ya se han iniciado. Resulta doloroso e indignante que, pese a llamarles la atención por esa actitud displicente, poco o nada hagan en la práctica para corregirse. Los auxiliares de educación evitan exigir el cambio de esa actitud nada cívica levantando la voz con firmeza, porque son pasibles de ser denunciados por presunta agresión psicológica. 

¿No a la expulsión? Hablar desde un escritorio limeño, a cientos de kilómetros de lo que se sufre cotidianamente en las escuelas estatales, proyecta un panorama idealizado, lírico e irreal. Si no se fijan límites claros, autoridad efectiva y sanciones formativas inmediatas, esta descomposición continuará extendiéndose y contaminando a los demás educandos. Durante los últimos años, el discurso pedagógico oficial se ha inclinado exclusivamente a sobreproteger el «derecho» del estudiante, pero ha silenciado su contraparte indivisible: el cumplimiento irrestricto de sus DEBERES. 

LA BRECHA ENTRE EL PRIVILEGIO Y EL PERÚ PROFUNDO 

Tuve la enriquecedora oportunidad de trabajar como maestro de Matemática en el Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú (hoy COAR Lima), una realidad diametralmente opuesta a la que se libra a pulso en el Perú profundo. Allí, los estudiantes demuestran excelente autoconducción y un compromiso ejemplar con la disciplina, impulsados por las oportunidades de superación y su rol de líderes regionales. En cambio, los estudiantes de los colegios estatales de nuestras zonas rurales conviven con la precariedad económica, hogares disfuncionales y una aguda falta de arraigo institucional. 

Este sector vulnerable ha aprendido, equivocadamente, que sus derechos son absolutos e ilimitados. Cuando un docente o directivo busca exigir el cumplimiento de las normas básicas de convivencia —puntualidad, correcta presentación personal, uniformidad o respeto a la autoridad docente—, algunos alumnos y padres recurren al chantaje del descrédito: formulan denuncias anónimas e inmediatas a través de la plataforma SíseVe del MINEDU. 

Bajo el esquema actual, el maestro o directivo es sometido a un calvario administrativo sin un debido proceso célere ni una presunción de inocencia efectiva. Denuncias tendenciosas terminan enlodando trayectorias intachables forjadas durante décadas con vocación y sacrificio. Frente a ello cabe formular una pregunta elemental de justicia: ¿quién le devuelve la honorabilidad, la paz mental y el buen nombre al docente injustamente denunciado? 

EL ECO DEL LICEO NAVAL GUISE Y EL MARCO DE LA R.M. N.° 613-2026-MINEDU 

Lo ocurrido recientemente en el Liceo Naval Almirante Guise es el síntoma visible de una crisis que corroe a colegios de todas las regiones: falta de respeto elemental a la investidura pedagógica y pérdida de la autoridad escolar. No se puede legislar ni opinar sobre convivencia escolar desde gabinetes perfumados y desconectados de las aulas rurales. Es imperativo escuchar a directores, maestros de aula, auxiliares y administrativos, quienes sufren a diario el desborde disciplinario. 

En un aula dominada por el desorden y la insolencia, resulta inviable consolidar aprendizajes significativos. Por ello, que el Estado finalmente haya dado un paso al frente con la publicación de la Resolución Ministerial N.° 613-2026-MINEDU —que aprueba la consulta pública de los nuevos Lineamientos para la Gestión de la Disciplina Escolar en las Instituciones Educativas de la Educación Básica— representa una lectura acertada y largamente esperada. Dicha normativa empieza a corregir el rumbo: 
■ Restitución del principio de autoridad: reconoce facultades claras a directores y comités de gestión para aplicar medidas correctivas y disciplinarias proporcionales. 
■ Tipificación de faltas: establece una gradación objetiva de infracciones leves, graves y muy graves (hasta 28 conductas sancionables), evitando la discrecionalidad o la impunidad. 
■ Escala de conducta y sanciones disuasorias: permite que las conductas reiteradas y las faltas muy graves deriven en separación temporal, traslado asistido e incluso la no ratificación de matrícula o expulsión en casos extremos debidamente sustentados. 


Advertir a un estudiante que sus actos acarrean consecuencias severas —pudiendo perder su vacante en la institución— no significa vulnerar su derecho a la educación ni condenarlo a la exclusión. El sistema público le garantizará la reubicación en otra institución, pero el infractor comprenderá que la convivencia social impone límites y que quebrantar las reglas tiene un costo. La tolerancia cero ante la violencia y el desacato no es punitivismo ciego; es pedagogía ciudadana. 

Es momento de que la dirigencia sindical del SUTEP y la comunidad magisterial en su conjunto respalden con firmeza este sinceramiento para la mejora de la disciplina escolar. Solo restableciendo la autoridad, el orden, el respeto y la cultura del deber podremos soñar con que el 100 % de nuestros estudiantes vuelva a cantar con fervor patriótico y orgullo las sagradas notas de nuestro Himno Nacional al iniciar cada jornada escolar. 

Salvo mejor parecer. — Dermum 


REFERENCIA TÉCNICA Y NORMATIVA BASE LEGAL RECIENTE 

R.M. N.° 613-2026-MINEDU (Nuevos Lineamientos para la Gestión de la Convivencia y Disciplina Escolar)
FOCO TERRITORIAL Valle del Mantaro / Región Junín / Educación Básica Regular Pública ÁMBITOS ABORDADOS Convivencia escolar, tipificación de faltas, debido proceso del docente, protección ante denuncias infundadas en SíseVe

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